Defensa penal y penitenciaria, desde la detención hasta la prisión.
Soy Luis Ochoa Moreno, abogado, perito judicial y mediador. Acompaño cada fase del proceso con rigor técnico y trato directo: sin intermediarios, conmigo desde la primera llamada.

Una trayectoria que no cabe en una sola especialidad
Estoy especializado en Derecho Penal y Penitenciario, con una intensa experiencia en ambos ámbitos que abarca todas las fases del proceso: desde la asistencia al detenido hasta el trabajo en prisión, los permisos, la clasificación y la libertad condicional.
Como abogado civilista he desarrollado mi carrera entre el Derecho Sucesorio y el Bancario, y durante muchos años dirigí el departamento legal de empresas comercializadoras de derivados del petróleo y operadoras mayoristas de productos petrolíferos.
A ello se suma una amplia trayectoria en el ámbito económico e inmobiliario —asesoramiento financiero y análisis bursátil— y años de ejercicio como perito judicial. Esa visión transversal, y una red de colaboradores de confianza, me permite encontrar soluciones que un enfoque único no vería.
Tres oficios, un mismo rigor
Penal y penitenciario
Defensa en todas las fases del procedimiento y ejecución de la pena.
- Derecho Penal
- Derecho Penitenciario
- Derecho Bancario
- Civil y Mercantil
- Redacción de contratos
- Hidrocarburos y consultoría energética
Informes periciales
Dictámenes para procedimientos judiciales y particulares.
- Operaciones financieras
- Tasación de bienes inmuebles
- Contador partidor
- Administración judicial de bienes y patrimonios
- Seguros y valoración de contenidos
- Prevención de riesgos y accidentes laborales
Resolver sin pleito
Civil, mercantil, familiar, penal y penitenciaria.
- Equipo mediador letrado–psicólogo
- Formación en terapia sistémica y de pareja
- Más de 25 años en intermediación financiera e inmobiliaria
Un tercero neutral para que las partes encuentren su propia salida
La mediación ayuda a dos o más personas a comprender el origen de sus diferencias, confrontar sus visiones y construir soluciones. Es un cauce complementario a la vía judicial, plenamente reconocido en nuestro ordenamiento.
La Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, incorporó la Directiva 2008/52/CE. La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, ha dado un paso más al exigir, con carácter general, acudir a un medio adecuado de solución de controversias antes de demandar en la jurisdicción civil.
- Civil
- Controversias que las partes resuelven voluntariamente con un equipo mediador imparcial.
- Mercantil
- Conflictos dentro de la empresa o con clientes, proveedores y administración, con total confidencialidad.
- Familiar
- Acuerdos satisfactorios para todos los miembros de la familia, desde el diálogo y el respeto.
- Penal
- Víctima e infractor dialogan para reparar el daño y asumir las consecuencias del delito.
- Penitenciaria
- Resolución pacífica de conflictos entre internos, con protagonismo y responsabilidad de los implicados.
Así trabajo, contado por mí
Grabo lo que hago: un día de juzgados, una visita a prisión, una guardia de asistencia al detenido. Sin tecnicismos y sin promesas, para que sepas qué ocurre de verdad en cada fase del procedimiento antes de descolgar el teléfono.
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Llama. Cuanto antes intervenga la defensa, más margen hay.
Primera conversación, sin compromiso
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